sábado, 15 de diciembre de 2007

Alguien tiene que poner orden...

“La publicidad es una ventana a la que todos tenemos acceso. Por eso desde Autocontrol trabamos por una publicidad veraz, legal, honesta y leal”.
Este es el mensaje que Autocontrol lanzó a través de una campaña publicitaria y por el que hace su presentación, una asociación creada en 1995 sin ánimo de lucro para la autorregulación de la comunicación general.
La actividad de autocontrol en tres ámbitos:
- Tramitar reclamaciones presentadas por los consumidores, asociaciones de consumidores y las empresas.
- Elaborar códigos deontológicos y la aplicación de estos por el jurado de publicidad.
- Servicio de consulta previa o copy advice.
Otros servicios que ofrece Autocontrol son:
- Base de datos sobre Regulación publicitaria.
- Edición mensual de la revista “ Autocontrol”.
- El “Newsletter”: breve resumen de la revista.
- Curso de iniciación al Derecho de la publicidad.
- Cursos específicos y seminarios técnicos.
La información sobre estos cursos está en la página web y además hacen un 25 % descuento.

¿ Cómo funciona Autocontrol?

COPY ADVICE:

Es un servicio a través del cual (a petición del anunciante, su agencia, o del medio en el que el anuncio se vaya a emitir) el Gabinete Técnico de Autocontrol revisa un proyecto de anuncio o campaña publicitaria antes de su difusión y emite una breve opinión al respecto. El servicio de "Copy Advice" es gratuito para los miembros de la asociación al menos las diez primeras solicitudes cada año, porque a partir de esta cantidad, cada consulta previa o "copy advice" supone un coste.

RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES:
Tanto particulares, asociaciones de consumidores, como empresas (de forma gratuita), pueden presentar una reclamación cuando consideren que una publicidad vulnera las normas de buenas prácticas. El Jurado, formado por expertos independientes, resuelve el conflicto extrajudicialmente, determinando si se ha infringido alguna norma. Para dictar sus resoluciones, el Jurado sigue el procedimiento establecido en el Reglamento del Jurado. En Autocontrol nos encontramos con el servicio también de reclamaciones transfronterizas: presentada por una persona, en un determinado país, sobre un anuncio emitido o difundido en ese mismo país, del que es responsable una entidad establecida en otro país. Lo que posibilita la reclamación transfonteriza es que dicha reclamación se transfiera al organismo de autorregulación publicitaria del país donde está establecido el medio de comunicación, y será éste quien la tramite. Este sistema ha sido establecido por EASA (European Advertising Standards Alliance), organismo del que es miembro Autocontrol. Los miembros de EASA aplican, el principio de Reconocimiento Mutuo, implica que los organismos de autorregulación aceptan, en la medida de lo posible, anuncios que cumplen las normas de autorregulación publicitaria de otros Estados miembros, incluso si esas reglas no son idénticas a las suyas propias.

Autocontrol, podríamos decir que, es un mediador en la publicidad, ya que casi siempre que se lanza una campaña, hay algún grupo social que se siente ofendido, de esta manera esta asociación intenta evitar conflictos entre los consumidores y las empresas.


Si te interesa este tema visita la web! http://www.autocontrol.es/